Normativa de Ayudas para Desplazamientos

NORMATIVA DE AYUDAS PARA DESPLAZAMIENTOS Y GASTOS DE VIAJE

Descargar en PDF.

Se detallan a continuación las condiciones de indemnización de gastos anticipados por los miembros de la Federación Española de Ajedrez por desplazamientos, alojamiento y manutención cuando sean necesarios para acudir a competiciones, reuniones y otras actividades relacionadas con la FEDA y siempre de acuerdo con las condiciones establecidas en cada convocatoria.

Con carácter general, la FEDA se ocupará de la emisión de los billetes de avión, tren o autobús. Si el interesado, por distintos motivos, se ocupa de comprar sus billetes será necesario que solicite la correspondiente autorización a la FEDA mediante el impreso de Solicitud de Autorización de Desplazamiento, que se adjunta como Anexo I a la presente circular.

En todo caso deberá solicitar expresamente la autorización previa de la FEDA si va a realizar el viaje en automóvil particular o va a utilizar servicio de taxi. De lo contrario, no se abonará el desplazamiento.

Una vez autorizado, deberá atenerse al siguiente procedimiento:

 

DESPLAZAMIENTOS

Se abonarán en función al medio de transporte empleado, previa presentación del correspondiente título de transporte o documentación del vehículo utilizado, más el impreso de justificación de gastos por indemnizaciones de carácter individual, que se adjunta como Anexo II a la presente circular.

Este impreso deberá ser remitido a la FEDA debidamente cumplimentado, por correo ordinario y con la firma original del interesado. No serán válidos en ningún caso los correos electrónicos ni los recibos enviados por correo electrónico escaneados.

Junto con el recibo, deberá adjuntarse la siguiente documentación:

–        Viajes en avión: Billete en clase turista. Será válida la impresión del billete recibido por correo electrónico así como la tarjeta de embarque.

–        Viajes en tren: Billete usado en el ferrocarril 2ª clase o AVE/ALVIA, etc. clase turista.

–        Viajes en autobús: La documentación requerida como título de transporte será el billete usado.

–        Viajes en automóvil: Es imprescindible la autorización previa de la FEDA para realizar cualquier desplazamiento en vehículo particular. El importe por km. queda fijado en 0,19 euros más peajes justificados. Deberán entregarse justificantes de compra de gasolina en ruta, así como facilitar la matrícula del vehículo autorizado. La no presentación de estos justificantes en las condiciones anteriormente indicadas podrá dar lugar a que no se abone dicho desplazamiento.

–        Taxis: Es imprescindible la autorización previa de la FEDA para realizar cualquier desplazamiento en taxi. Para su justificación deberá presentarse el recibo oficial.

No se abonarán facturas de alquiler de automóviles.

Transcurridos 30 días desde la finalización del viaje sin presentar la documentación del desplazamiento, la FEDA no se hará cargo de los gastos del mismo.

 

GASTOS DE VIAJE

Se crean los siguientes grupos de categorías:

1 – Órganos de Gobierno, Técnicos, Árbitros, Administrativos, Personal Médico y Deportistas categoría Absoluta.

2 – Deportistas categoría sub-18 e inferiores.

Las cantidades máximas a percibir por cada categoría son las siguientes:

 

Por alojamiento/día

Por manutención/día

Total por día

Grupo 1

Hasta 65 €

Hasta 38 €

Hasta 103 €

Grupo 2

Hasta 45 €

Hasta 28 €

Hasta 73 €

 

Cuando la duración prevista del viaje sea superior a cuatro horas se percibirá como máximo el 50% de la manutención/día. Si es superior a siete, el 100%, siempre con aportación de las facturas cuyo pago se ha anticipado.

Para poder percibir dichas cantidades es imprescindible presentar las facturas originales pagadas correspondientes del hotel y/o restaurante.

En ningún caso se abonarán cantidades por estos conceptos cuando el interesado tenga la estancia y manutención con cargo a la FEDA.

Los justificantes originales de gastos se presentarán junto con el impreso de Justificación de Gastos por Indemnizaciones de Carácter Individual, Anexo II y en el mismo plazo máximo de 30 días.

En Madrid, a 12 de enero de 2015

Ramón Padullés Argerich                                                                   
Secretario General

Federación Española de Ajedrez
Coslada, 10 – 4º interior – 28028 Madrid
Tlf.: 913552159
e-mail: ajedrez@feda.org
Aviso legalPolítica de Privacidad – Mapa

Diseñado por Raúl Martínez

X