Circular 29/2012 – Subvenciones para acuerdos Técnico-Deportivos entre la FEDA y las FFAA (Convenios) 2012.

 
A TODAS LAS FEDERACIONES AUTONOMICAS
 
 
Ref.: Subvenciones para acuerdos Técnico-Deportivos entre la FEDA y las FFAA (Convenios) 2012.
 
De acuerdo con el procedimiento aprobado para la FEDA, los criterios de distribución de subvenciones a las Federaciones Autonómicas son los siguientes:
 
1.   50% del importe de las licencias de deportistas y clubs tramitadas el año inmediatamente anterior, calculadas al precio del año en que se concede la subvención.
2.   Participación, con la estancia a cargo de los presupuestos de la FEDA, de los Campeones o Representantes autonómicos en los Campeonatos de España de menores de 18 años y Femenino.
3.   Ayuda directa a los jugadores y equipos Campeones o representantes autonómicos en los importes que se establezcan mediante circular de convocatoria de cada Campeonato.
 
El importe del apartado 1 será el total máximo de la ayuda a cada Federación Autonómica si cumple los siguientes requisitos:
 
1.   Haber tramitado a la FEDA la totalidad de licencias emitidas en su ámbito territorial.
 
2.   Haber presentado a la FEDA, una relación de actividades cuyo presupuesto cubra el total de la ayuda. Estas actividades deberán contar con el visto bueno de la Dirección Técnica de la FEDA y podrán ser las siguientes:
 
1.   Cuotas de evaluación FIDE para torneos con cargo a la Federación Autonómica.
2.   Plazas extra en los campeonatos de menores, femenino o abierto. (estancias).
3.   Viajes y estancias en Torneos Internacionales celebrados en su autonomía.
4.   Ayuda parcial para cursos de árbitro o monitor
5.   Actividades deportivas o formativas acordadas con la Dirección Técnica de la FEDA.
 
Normas de justificación
 
La subvención podrá hacerse efectiva de dos formas:
 
1.   Haciéndose cargo la FEDA directamente de las estancias, honorarios, etc. de determinada actividad, mediante factura dirigida a la FEDA por el establecimiento hotelero, entrenador, etc.
 
 
 
 
2.   Aportando a la FEDA facturas originales, a nombre de la Federación Autonómica, de gastos necesarios para las actividades pactadas, con copia de la transferencia bancaria realizada para su pago (o bien copia del cheque emitido y recibo original del perceptor).
 
En este caso la FEDA abonará el importe a la Federación Autonómica, o procederá a su abono en cuenta para posterior liquidación.
 
En todo caso, será necesario aportar certificado de estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
 
El plazo para la justificación será hasta el día 30 de noviembre de 2012
 
Requisitos para acceder a la subvenciones FEDA
 
Para hacer efectivas las ayudas de acuerdo con los criterios mencionados, será necesario que se cumplan los siguientes requisitos:
 
La Federación Autonómica deberá estar integrada en la FEDA y cumplir con los requisitos de dicha integración, especialmente en lo que se refiere a Competiciones Oficiales de ámbito Estatal e Internacional y en los Planes de Tecnificación.
 
El saldo deudor, en su caso, de la FA con la FEDA deberá estar regularizado mediante su pago o acuerdo por escrito con el Gerente de la FEDA.
 
El importe de las licencias tramitadas correspondientes a 2012 deberá estar liquidado a la FEDA en los plazos establecidos reglamentariamente, salvo acuerdo incluido en el punto anterior.
 
La Junta Directiva de la FEDA, una vez verificados estos requisitos, acordará, si procede, la firma de los acuerdos técnico-deportivos previstos y procederá al pago de las justificaciones que se aporten según lo establecido en el apartado anterior.
 
En Madrid, a veintiséis de octubre de 2012
 
 
 
Fdo.:     Ramón Padullés Argerich
                Secretario General
 
 
 
 
Anexo: Detalle de los importes máximos a subvencionar por Federación Autonómica.


 
 
ANEXO
 
 
Importes máximos a subvencionar por Federación Autonómica 2012.
 
 
 
FFAA
Sub -14
c/FIDE
S/FIDE
Deportistas
CLUBS
TOTAL
 TOTAL CONV
AND
       634  
       846  
       851  
        2.331  
   114  
    12.426,30 €
     6.213,15 €
ARA
       197  
       463  
       319  
           979  
      42  
       5.658,42 €
     2.829,21 €
AST
       128  
       380  
       141  
           649  
      25  
       3.982,37 €
     1.991,19 €
BAL
       176  
       248  
       202  
           626  
      30  
       3.393,66 €
     1.696,83 €
CAN
       190  
       336  
       170  
           696  
      51  
       4.290,75 €
     2.145,38 €
CNT
         58  
       148  
       173  
           379  
      20  
       2.169,28 €
     1.084,64 €
CTL
       151  
       139  
       230  
           520  
      28  
       2.609,84 €
     1.304,92 €
CTM
       204  
       219  
       177  
           600  
      38  
       3.263,38 €
     1.631,69 €
CAT
   1.534  
   2.775  
   2.401  
        6.710  
   212  
    35.733,04 €
   17.866,52 €
CEU
           1  
           2  
           6  
                9  
        1  
            55,01 €
           27,51 €
EXT
       194  
         94  
       170  
           458  
      19  
       1.985,15 €
        992,58 €
GAL
   1.497  
       620  
       764  
        2.881  
      88  
    11.558,36 €
     5.779,18 €
MAD
       361  
   1.031  
       704  
        2.096  
      80  
    12.220,12 €
     6.110,06 €

Federación Española de Ajedrez
Coslada, 10 – 4º interior – 28028 Madrid
Tlf.: 913552159
e-mail: ajedrez@feda.org
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