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CENSO ELECTORAL DEFINITIVO

El acceso telemático al censo electoral estará restringido, previa identificación, a quienes estén en posesión de una licencia federativa y a las entidades que formen parte o estén integradas en la Federación Española y así lo soliciten. 

Está expresamente prohibida la descarga de archivos con la información del censo electoral.

El tratamiento y publicación de los datos contenidos en el censo tiene por exclusiva finalidad garantizar el ejercicio por las personas electoras de su derecho de sufragio, y garantizar la transparencia del proceso electoral, no siendo posible su utilización ni cesión para ninguna finalidad distinta de aquélla. Queda prohibida cualquier información particularizada sobre los datos personales contenidos en el censo electoral. En todo caso, será de aplicación lo previsto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales.

Para acceder a la consulta del censo electoral, debe solicitarse cumplimentando el formulario. En caso de entidades, deberá solicitarlo el representante legal. 

Se comprobará que los datos facilitados sean correctos y se le remitirá un correo electrónico desde censo2024@feda.org confirmando la activación en un plazo no superior a 24 horas.

Si ya disponía de acceso, con usuario y contraseña para la consulta del censo electoral inicial no es necesario que pida de nuevo las claves.

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