Javier Ochoa de Echagüen, Presidente de la Federación Española de Ajedrez, ha sido entrevistado por el diario deportivo AS. La entrevista completa se puede encontrar en la edición física del 23 de enero y en el siguiente enlace.
La Federación Española de Ajedrez, con la colaboración de la Federación Madrileña de Ajedrez y del Centro Superior de Enseñanzas Deportivas del C.S.D., convoca la formación de TÉCNICO DEPORTIVO DE AJEDREZ NIVEL II.
El curso está desarrollado al amparo de lo establecido en la Disposición Transitoria Primera en el Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas deportivas de régimen especial y en la Orden ECD/158/2014, de 5 de febrero,por la que se regulan los aspectos curriculares, los requisitos generales y los efectos de las actividades de formación deportiva a los que se refiere la mencionada Disposición Transitoria y la Resolución de 18 de enero de 2013, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publica el Plan Formativo de la modalidad deportiva de Ajedrez.
Dicho curso tendrá el reconocimiento por parte de la Dirección General de Deportes de la Comunidad de Madrid, condicionado al cumplimiento de los requisitos establecidos en la mencionada Orden ECD/158/2014, de 5 de febrero, asumiendo la Federación Española de Ajedrez (FEDA) la responsabilidad derivada por el incumplimiento de los mismos.
Esta formación está destinada a obtener el reconocimiento a efectos de correspondencia formativa una vez se publique el Título Oficial, según la norma que establezca el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
El formato del curso será “a distancia”, tanto para el Bloque Común como para el Bloque Específico, salvo los exámenes presenciales previstos para el final del curso.
El Bloque Común será impartido por el Centro Superior de Enseñanzas Deportivas, a través del Consejo Superior de Deportes, como organismo autónomo adscrito al Ministerio de Educación.
1. Fechas y Lugares:
Áreas impartidas a distancia:
Común: del 18 de febrero de 2019 al 21
de julio de 2019.
Específico: del 09 de septiembre de 2019 al 7
de diciembe de 2019.
Exámenes:
EnFEDERACIÓN MADRILEÑA DE AJEDREZ Avda/ Payaso Fofó, 1. 28018 Madrid.
Exámenes ordinarios Bloque Común: 27 de julio de 2019 de 09:00 a 14:00 horas.
Exámenes Extraordinarios Bloque Común: 28 de septiembre de 2019 de 09:00 a 14:00 horas.
Exámenes ordinarios Bloque Específico: 14 de diciembre de 2019 de 10:00 a 14:00 horas.
Exámenes Extraordinarios Bloque Específico: 28 de diciembre de 2019 de 10:00 a 14:00 horas.
2. Número de Plazas y Selección de Alumnos
El número máximo de alumnos es de 30.
La selección de los alumnos se realizará observando el orden siguiente, de entre los que tengan acreditada la formación de Nivel I, por una Comunidad Autónoma:
Diplomados como Monitores Superiores FEDA federados.
Diplomados como Monitores Base FEDA federados
Monitores Autonómicos federados en su Federación Autonómica.
Deportistas federados FEDA.
Dentro de cada apartado, se seguirá rigurosamente el orden de inscripción.
En su caso, se creará una lista de espera siguiendo el orden, para la cobertura de las posibles vacantes y que se tendrá en cuenta como primer criterio de selección en próximas convocatorias.
La FEDA se reserva el derecho de anular el curso en caso de no tener suficientes inscripciones.
3. Requisitos de Acceso
Título de Graduado en ESO, equivalente (2º de BUP) o superior. En su defecto, será válida también
la Prueba de Madurez (convocada anualmente por el Servicio de Educación correspondiente de cada Comunidad Autónoma).
Haber
superado el nivel I de la misma modalidad o especialidad deportiva.
Jugador federado en
la Federación Española de Ajedrez y tener o haber tenido en los últimos tres
años un ELO igual a superior a 1800.
Tener más de 16 años, o cumplirlos antes de la finalización del curso
4. Inscripción y Cuotas
Plazo de Inscripción: Hasta el día 11 de febrero
de 2019.
La inscripción deberá formalizarse en la FEDA, aportando la documentación que se indica en el punto 9 y la copia del ingreso efectuado en la siguiente cuenta de la FEDA:
IBERCAJA. IBAN: ES50 2085 8024 9503 0002 5965
Bloque
Común
Bloque
específico
Total
270 euros
200 euros
470 euros
Período de Prácticas
El período de prácticas será de 200 horas y se realizará en un plazo no superior a doce meses desde la publicación de las notas del Bloque Específico. Se acreditará mediante la presentación de un Certificado de Prácticas. Durante el periodo de realización de las prácticas los alumnos deberán tener la licencia FEDA correspondiente a su situación federativa, (Monitor Superior, de Base, o deportista), en vigor.
El certificado será expedido por las entidades de titularidad pública o privada, o por las asociaciones deportivas en que se haya realizado el periodo de prácticas y firmado por el tutor y con el visto bueno de la FEDA.
El tutor de prácticas deberá ser Entrenador FEDA o FIDE Senior Trainer, debidamente federado durante el período de duración de las prácticas que supervise.
5. Compensación de Áreas del Bloque Común
El Consejo Superior de Deportes reconoce las siguientes convalidaciones de las asignaturas del Bloque
Común LOE de Técnicos Deportivos dependiendo de la formación académica que posea el alumno*:
CCAFYD: Todo convalidado.
TAFAD: Bases del aprendizaje deportivo, Bases
del entrenamiento deportivo, Deporte adaptado y discapacidad.
MAGISTERIODEEDUCACIÓNFÍSICA: Bases del aprendizaje deportivo, Bases
del entrenamiento deportivo.
CONDUCCIÓNDEACTIVIDADESFÍSICO-DEPORTIVASENELMEDIONATURAL: Deporte adaptado y discapacidad.
*La titulación debe estar acabada, el CSD no reconoce a efectos de convalidación del Bloque Común LOE certificados de notas de estudios sin concluir. El alumno que no tenga acabados los estudios correspondientes, tendrá que cursar todo el Bloque Común.
Ver DocumentoAnexo1 con la solicitud de convalidación.
6. Exención de Prácticas
El certificado de prácticas también podrá ser expedido por la Administración Deportiva competente para el reconocimiento de las actividades de formación deportiva, siempre que la experiencia laboral o deportiva acredite todas y cada una de las siguientes condiciones esté vinculada a los objetivos formativos y actividades; sea superior a 400 horas; y se haya realizado, en su totalidad, antes del comienzo del bloque específico, día 9 de septiembre de 2019:
a) La experiencia laboral se acreditará mediante la certificación de la empresa donde haya adquirido dicha experiencia en la que conste específicamente la duración del contrato, la actividad desarrollada y el periodo de tiempo en el que se ha realizado la actividad (siempre con el alta correspondiente en la Seguridad Social por todo el período que se certifique).
b) En el caso de trabajadores por cuenta propia, se exigirá la certificación de alta en el censo de obligados tributarios, con una antigüedad mínima de un año, así como una declaración del interesado de las actividades más representativas.
c) Siempre que se acredite formación, experiencia laboral o deportiva vinculada con el deporte escolar organizado y certificado por entidades locales, o Comunidades Autónomas, la duración mínima exigida será de 200 horas.
7. Instrucciones de Matrícula e Inscripción
Los interesados en el Curso deberán aportar la siguiente documentación:
–2 FORMULARIOS DE INSCRIPCIÓN completados con todos los datos y FIRMADOS (se adjunta modelo
de formulario de inscripción: Anexo 2).
–2 COPIAS DEL DNI EN VIGOR
-2 COPIAS COMPULSADAS DEL TÍTULO de ESO, equivalente (2º de BUP) o superior. En caso de no tenerlos estudios mínimos, será válida también la Prueba de Madurez.
–Si el alumno solicita la convalidación total o parcial del bloque común, en lugar de lo anterior, deberá presentar 3 COPIAS COMPULSADAS del título por el cual solicita dicha convalidación: CCAFYD, TAFAD, MAGISTERIO DE EDUCACIÓN FÍSICA. La copia adicional es para el CSD. Y 2 COPIAS del modelo de solicitud de convalidación del CSD, completas, con todos los datos y firmadas.
-SÓLO PARA MENORES de 28 años: 1 FOTOCOPIA del número PROPIO DE AFILIACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL.
En caso de que no hayan trabajado nunca por cuenta ajena, pueden obtenerlo en el momento en cualquier oficina de la S. Social. Para solicitarlo sólo tienen que llevar el DNI y rellenar el modelo TA1.
Este número es para tramitar el seguro escolar y el tener nº propio no implica la pérdida de derechos como beneficiario de la Seguridad Social de los padres o mutua sanitaria.
-Si el alumno solicita la convalidación del bloque específico, deberá presentar 3 COPIAS COMPULSADAS del título con los requisitos establecidos en el Punto 6.
-Si el alumno solicita la exención de las prácticas, deberá presentar 3 COPIAS COMPULSADAS de la certificación detallada en el Punto 8.
-2 Fotografías tamaño carnet (pueden ser enviadas digitalmente al correo formación@feda.org )
En el momento de la inscripción se adjuntará una copia escaneada en formato pdf de la documentación requerida, por e-mail aformacion@feda.org. Una vez realizada la inscripción el alumno la enviará o entregará en mano en papel, en la siguiente dirección y antes del 11 de febrero de 2019:
Federación Española de Ajedrez
C/ Coslada, 10; 4º Interior
28028 Madrid
8. Certificación y Titulaciones
A quienes superen con éxito la formación del bloque común, bloque específico y formación práctica, la Federación Española de Ajedrez les expedirá el DIPLOMA DE MONITOR DE AJEDREZ NIVEL II, figurando en el reverso del mismo la acreditación diligenciada oportunamente por el Servicio de Deportes de la Comunidad Autónoma de Madrid, que ha autorizado la formación y serán incluidos automáticamente en la base de datos de entrenadores de la FEDA.
Este Diploma certifica el reconocimiento a efectos de correspondencia formativa una vez se publique el Título Deportivo oficial de Nivel II, mediante Real Decreto y según la normativa que establezca el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Toda la documentación mencionada en la presente convocatoria se puede encontrar en:
El Comité de Historia ha publicado un artículo sobre un cuadro del siglo XVI en el que aparecen dos jugadores jugando al ajedrez. Se puede consultar en el siguiente enlace.
Los
precios de las licencias para el año 2019 aprobados por la Asamblea General no
varían con respecto a 2018 y son los siguientes:
–
Licencia de jugador menor de 14 años (Con
o sin Elo) 4,60 Euros.
–
Licencia de jugador sin evaluación Elo FIDE: 4,60 Euros.
–
Licencia de jugador con evaluación Elo FIDE: 10,30 Euros.
–
Licencia de Club: 19,60 Euros.
–
Licencia de Árbitro Nacional, FIDE e Internacional: 72,00 Euros.
–
Licencia de Monitor Base o Superior: 38,00
Euros.
–
Licencia de Entrenador Nacional: 38,00
Euros.
RENOVACION
DE LICENCIAS
Las
Federaciones Autonómicas deberán ponerse en contacto con la FEDA para acordar
la transferencia de datos, en función de su sistema informático de gestión. El
plazo ordinario de renovación de licencias será hasta el día 28 de febrero de 2019. Desde la
fecha de publicación de la presente circular, se encuentra disponible el
sistema GEFE para tramitación de licencias 2019.
PLAZOS
El
plazo de comunicación de licencias que den derecho a participar en los
Campeonatos de España como árbitros, jugadores y clubes, será el día 28 de
febrero de 2019.
SEGUROS
Las
FDAA deberán contratar un seguro obligatorio, según el art. 59.2 de la Ley del
Deporte 10/1990 de 15 de octubre y según Real Decreto 849/93.
Es obligatorio remitir a la FEDA
por email una copia del condicionado particular de la póliza y también copias
del recibo y del pago. La FEDA está obligada, a su vez, a
remitir todos los seguros al CSD antes del 31 de enero de 2019.
TRAMITACIÓN
Es
de aplicación el Reglamento General de Competiciones de la FEDA, en especial su
Título II.
En
consecuencia, para la participación en cualquier competición deportiva oficial,
las personas físicas deberán estar en posesión de una licencia deportiva, sin
perjuicio de cumplir con los requisitos deportivos, económicos u organizativos que
se establezcan en cada competición.
Ninguna
persona podrá tener más de una licencia por estamento. Para proceder al cambio
de licencia y practicar una segunda inscripción será necesario cancelar o dar
de baja la licencia previamente emitida.
La
Licencia tendrá un precio único, resultado de la suma de tres conceptos:
La cuota aprobada por la Federación Autonómica.
La prima correspondiente al seguro contratado por la Federación
Autonómica.
La cuota aprobada por la Asamblea General de la FEDA.
Las
licencias deberán ser expedidas por las Federaciones autonómicas, bien el
papel, plástico, etc., o bien mediante soporte informático siempre que pueda
acreditarse mediante consulta la validez, existencia y utilización de la
licencia.
La
FEDA no expedirá licencias, salvo en casos excepcionales. Todas las licencias
deben tramitarse y pagarse a través de la Federación Autonómica.
La
totalidad de las licencias expedidas por la Federación Autonómica deberán ser
comunicadas a la FEDA para su registro. La FEDA elaborará y mantendrá
actualizado el censo de licencias sobre la base de licencias que le sean
comunicadas. Dicha comunicación se extiende a la totalidad de las licencias:
Para los estamentos arbitral y de monitores-entrenadores en categorías autonómicas,
la parte FEDA será cero y deberá
incluirse en la comunicación a la FEDA la denominación de cada categoría de
ámbito autonómico por estamento.
La
liquidación a las Federaciones Autonómicas se realizará de acuerdo con los
importes correspondientes a la parte FEDA aprobados por la Asamblea General y
que se comunican en la presente circular.